🌍 ¿Debo calcular la huella de carbono si tengo menos de 50 empleados?
🔹 Obligación legal directa: NO
Las PYMES (menos de 50 empleados o menos de 10 millones de € de facturación) no están obligadas por ley a calcular su huella de carbono, según la normativa actual (Ley 7/2021 de Cambio Climático y RD 163/2014).
🔹 Excepciones o exigencias indirectas:
📑 Si trabajas con grandes empresas, administraciones públicas o sectores regulados, puede exigirse como requisito contractual o de licitación.
🏗️ Si participas en proyectos financiados con fondos europeos (Next Generation), puede ser obligatorio reportar indicadores ambientales, incluida la huella.
🌱 Si estás en un sector ambientalmente sensible (energía, residuos, alimentación), calcularla refuerza tu compromiso y competitividad.
🔹 Ventajas voluntarias:
Acceso al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción del MITECO.
Mejora de la imagen de marca y preparación para futuras normativas.
Reducción de costes energéticos al detectar ineficiencias.